Añadimos en esta página información general al Consumidor (y específica en los enlaces)
Fuente: Información tomada de la web del Servicio Cántabro de Consumo.
Información para facilitar a los consumidores la identificación de los diferentes pictogramas de peligro
OFICINA DE ATENCIÓN AL USUARIO DE TELECOMUNICACIONES
Información relativa a qué es y como funciona la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones
INFORMACIÓN SOBRE PRIVACIDAD Y SEGURIDAD EN INTERNET
Guía elaborada por la AEPD, INCIBE y la OSI en relación con la privacidad y la seguridad en internet
TELÉFONOS DE RECLAMACIÓN Y ATENCIÓN AL CLIENTE DE COMPAÑIAS DE GAS Y ELECTRICIDAD
Aquí podrá encontrar los teléfonos de atención al cliente y reclamaciones de las empresas comercializadoras de gas y electricidad
DERECHOS DE LOS PASAJEROS QUE VIAJAN POR MAR Y POR VÍAS NAVEGABLES
El Reglamento (UE) nº 1177/2010 sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar y vías navegables es aplicable en los países de la UE desde el 18 de diciembre de 2012 y refuerza sus derechos como consumidor en general y en particular los de las personas con discapacidad y personas con movilidad reducida, garantizando un trato no discriminatorio y ofreciendo oportunidades comparables a las de otros ciudadanos para utilizar los servicios de transporte y servicios de crucero sin costes adicionales.
OFICINAS MUNICIPALES DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR (OMIC)
Información sobre que son y como funcionan las OMIC
ECC-NET TRAVEL APP
Una nueva aplicación móvil asesora a los consumidores europeos en sus viajes al extranjero
TALLERES MAYORES Y CONSUMO
La Dirección General de Comercio y Consumo del Gobierno de Cantabria ha organizado unos talleres formativos dirigidos a personas mayores de 60 años que quieran conocer cómo defender sus derechos como consumidores.
SERVICIOS DE ATENCIÓN TELEFÓNICA GRATUITA DE EMPRESAS COMERCIALIZADORAS DE ELECTRICIDAD Y GAS
En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto-Ley 13/2012, de 30 de marzo, las empresas comercializadoras de gas y electricidad deben poner a disposición de sus usuarios los servicios de atención gratuita previstos en su normativa sectorial.